La Corte Interamericana de Derechos Humanos debe emitir este año una opinión consultiva sobre el límite legal que tienen los ciudadanos para postularse. El fallo inapelable es vinculante para toda la región. Opositores se reunieron con la CIDH

La resolución constitucional 084 aún está intacta. Se trata del fallo que usó Evo Morales en 2019 para postularse a la Presidencia por encima del límite legal de dos periodos continuos y que activó la figura de la reelección indefinida.
El grupo de abogados que planteó la nulidad de esa decisión, que fue adoptada por el Tribunal Constitucional (TCP) a fines de 2017, se enteró que la petición fue rechazada, pero “sin que el asunto de fondo haya sido considerado”.
“Lo que hizo el Tribunal Constitucional fue rechazar la petición porque nosotros no teníamos la legitimidad para hacerla, puesto que, según la opinión de la comisión de admisión, es una acción que está reservada al presidente, vicepresidente, legisladores y el defensor del pueblo”, informó el constitucionalista Arturo Yáñez, quien es parte del grupo de abogados que tuvo la iniciativa.
“Pero hemos apelado, porque nuestra petición es simple, no tiene que ver con un recurso de inconstitucionalidad, como al parecer, entendió la comisión de admisión”, añadió el jurista.
La demanda para descartar ese fallo constitucional fue presentada el 4 de diciembre de 2019, explicó luego el abogado William Bascopé, quien también es parte de los promotores de esta acción.
El profesional indicó que la respuesta de rechazo del TCP tiene como fecha el 24 de diciembre de 2019, pero “apareció recién ayer”, 16 meses después que el recurso fuera entregado en Sucre.
Bascopé explicó que el pedido fue sustentado con los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016 que rechazaron el ajuste constitucional que propuso el Movimiento Al Socialismo (MAS) para que Evo Morales vaya excepcionalmente, por una vez más, a una elección de manera continua. El otro argumento empleado fue para revalidar la Constitución, puesto que a pesar del aval que obtuvo Morales en 2019, el texto de la Carta Magna no se modificó.
“Se trata de reponer el orden constitucional que está muy alterado desde que el MAS y Evo Morales no aceptaron los resultados de la voluntad popular de febrero de 2016”, puntualizó, al considerar que existe un claro “incumplimiento de deberes” de los magistrados, que demoraron la respuesta.
Además de Bascopé y Yáñez, la jurista Angélica Siles y sus colegas José Antonio Rivera Santibáñez, Gilberto Cortez, William Herrera y Juan Del Granado, son parte del grupo de expertos que estuvo esperando por un año y cuatro meses la decisión de los magistrados.
Además, a la solicitud presentada para eliminar la resolución 084 de 2017, se sumaron como 1.000 adhesiones de varios sectores.
Los abogados esperan que el Tribunal Constitucional finalmente reaccione “con el tema de fondo” una vez que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emita la opinión consultiva que fue requerida por el presidente de Colombia, Iván Duque, sobre si realmente la reelección indefinida es un derecho humano. “La Corte es la única entidad que puede interpretar la Convención Interamericana de Derechos Humanos y no el Tribunal Constitucional como pasó en Bolivia”, apuntó Bascopé.
La resolución 084 pidió incorporar “el derecho a ser elegido” en el sistema legal boliviano y aunque no se tocó la Constitución, a finales de 2018, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) habilitó a Evo Morales como candidato a un cuarto periodo. Bascopé señala que allí también existen responsabilidades sobre la crisis política de 2019 y el costo de vidas que ésta implicó para el país.
Audiencias
El 30 de septiembre de 2020, la Corte IDH concluyó la etapa de audiencias públicas para la formulación de la opinión consultiva, que es uno de los mecanismos jurídicos internacionales que tienen la capacidad de orientar jurisprudencia en América Latina.
La presidenta de la Corte, Elizabeth Odio Benito, agradeció entonces a las personas que participaron de manera virtual en la audiencia. “Se han enriquecido mucho los juicios” de los jueces que deliberan sobre este caso.
La solicitud de opinión consultiva fue presentada por Colombia en octubre de 2019 para que la Corte IDH interprete la reelección presidencial indefinida, “en la que se apoyaron algunos gobiernos para prorrogarse en el poder”.
Durante los tres días de audiencia pública que se realizó a finales de septiembre de 2020, la gran mayoría de los participantes -como la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) y otros- coincidieron que la reelección indefinida no es un derecho humano, que es parte del bloque de derechos políticos establecidos en el artículo 23 de la mencionada convención.
La diputada Luisa Nayar, de la opositora Comunidad Ciudadana (CC), informó ayer que la Cidh enviará su punto de vista ante la Corte, que puede fallar en su próximo periodo de sesiones. (El Deber)