La normativa hace imposible cualquier gestión para adquirir las dosis. Los privados también tienen el mismo obstáculo.

Dos decretos supremos impiden a los municipios y gobernaciones comprar directamente vacunas contra el coronavirus e incluso dificulta obtener las dosis a través de donaciones.
Las normas, firmadas en diciembre por el presidente Luis Arce y su gabinete, son citadas por las autoridades locales como justificación para no intervenir en la adquisición de vacunas, en un momento en el que comienzan a escasear en los centros de inmunización.https://www.dailymotion.com/embed/video/x81pi22?autoplay=1
La primera de estas normas es el decreto supremo 4432. En su artículo 2, autoriza al Ministerio de Salud, a las gobernaciones, alcaldías y gobiernos regionales, seguros de salud y a la Central de Abastecimiento y Suministro de Salud (Ceass) a realizar contrataciones directas de equipos y medicamentos para enfrentar la pandemia, pero sólo en el mercado interno y cumpliendo todo el resto de normas del Estado, como solicitar al vendedor el certificado de Registro Único de Proveedores del Estado y anotando la compra en el sistema de contrataciones estatales.
En el artículo 3 de la misma norma, autoriza solo al Ministerio de Salud y a su agencia, la Central de Abastecimiento y Suministro de Salud, a comprar vacunas, pruebas de diagnóstico o cualquier otro bien o servicio en el exterior del país y, en el caso de las vacunas, pueden firmar contratos de confidencialidad de hasta tres años, no necesitan estar registrados como proveedores del Estado y solo deberán publicarlo en el sistema de contrataciones una vez se concluya el plazo de confidencialidad.
Esto deja a las gobernaciones, municipios y gobiernos regionales sin la posibilidad de siquiera comprar las vacunas a la Central de Abastecimientos y Suministros de Salud (Ceass) del Gobierno, algo que sí pueden hacer, por ejemplo, las cajas de salud.
Además, en el artículo 8 de la misma norma, deja en manos del Ministerio de Salud la distribución y logística de vacunas y pruebas de antígeno.
El decreto 4438, del 30 de diciembre de 2020, termina de reglamentar la venta de vacunas contra el coronavirus en el mercado interno. Para conseguir un proveedor, gobernaciones, municipios y seguro de salud deben encontrar a una empresa que además de tener contacto con los laboratorios que producen las vacunas, se registre ante la Agencia Estatal de Medicamentos, obtenga un informe técnico del Ministerio de Salud, tenga un número de identificación tributaria y un registro único de proveedores del Estado.
Si las vacunas son donadas, igual la entidad autónoma o caja de salud deberá conseguir el registro de la Agencia Estatal de Medicamentos y del Ministerio de Salud.
Así, municipios y gobernaciones aseguran que no pueden comprar vacunas por sí mismos y dependen de la provisión del gobierno central.