Amplían vigencia de cédulas y licencias de conducir vencidas hasta el 30 de abril

La instrucción figura en el nuevo decreto sobre las «medidas y acciones de bioseguridad y vigilancia epidemiológica» para contener el coronavirus

El Gobierno amplía la vigencia de los carnets de identidad y las licencias  de conducir hasta el 31 de marzo | Oxígeno Digital
Amplían la vigencia del carnet de identidad vencido

El presidente Luis Arce y su gabinete firmaron este miércoles el decreto supremo 4480 que establece «medidas y acciones de bioseguridad
y vigilancia epidemiológica orientadas a la reducción de contagios de la COVID-19, con la finalidad de proteger la salud y la vida de la población.»

El decreto, que amplía la vigencia de una norma similar emitida en enero, señala que, como sucede hasta la fecha, la definición de medidas de restricción y control de aforo de algunas actividades queda en manos de los gobiernos subnacionales.

En otra de sus disposiciones el decreto amplía la vigencia de las cédulas de identidad hasta el 30 de abril.

«Se amplía la vigencia de las Cédulas de Identidad – C.I. y de las Licencias para Conducir que se encuentran vencidas, durante el plazo establecido en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo», el citado artículo señala como fecha de cumplimiento de la norma hasta el último día de abril.

En el decreto además se autoriza a los familiares de beneficiarios de la Renta Dignidad y jubilados que puedan haga el cobro del beneficio o las pensiones a través de familiares.

«El Beneficiario de los pagos habilitados y autorizados de la Renta Dignidad, de las Prestaciones y Beneficios de la Seguridad Social de Largo Plazo y del Sistema de Reparto, podrá de manera excepcional, autorizar a un familiar para proceder al cobro de dicho pago en las Entidades Financieras, durante el plazo establecido en el Artículo 2 (30 de abril», señala la norma.

Fuente: Unitel