Los involucrados en gobiernos de facto y violencia no pueden postular para Defensor del Pueblo

Entre los 18 requisitos para postular a Defensor del Pueblo están el no haber designado Ministro, Embajador o haber sido parte “de un gobierno de facto”, además de no haber cometido actos de corrupción y tampoco tener procesos penales por violencia contra la mujer y niños.

“No haber participado o estar involucrados en gobiernos militares o de facto, ni en la ruptura del orden constitucional”, se lee en el requisito 15 del proyecto de  Selección y Designación de la Defensora o Defensor del Pueblo.

En su  numeral 13 establece que el postulante al cargo “no tener en su contra procesos administrativos, disciplinarios o penales por violencia contra la mujer, violencia contra niñas, niños y adolescentes. Ni delitos vinculados con la corrupción o delitos contra la unidad del Estado, ni procesos penales en acción pública con imputación formal”.

Tampoco los postulantes deben  no deben “tener en su contra procesos administrativos disciplinarios o penales por violencia contra la mujer y/o niños ni delitos vinculados a corrupción ni procesos penales de acción pública que tengan una imputación formal”.

En el caso de los varones es obligatoria la presentación de la Libreta de Servicio Militar y debe hablar al menos dos idiomas oficiales del país.

“No debe haber expresado en algún momento de su trayectoria opiniones públicas o haber desarrollado acciones contra derechos fundamentales, en particular si fueron expresadas o desarrollada en razón de sexo, color, edad, orientación, género, origen, cultura, nacionalidad e idioma…”, dice el numeral 14 de los requisitos.

No ser ni haber sido designado servidor público en el cargo de Ministro, Viceministro, Embajador o Secretarios en los gobiernos municipales y departamentales, añade el numeral 18.

Este viernes la Comisión Mixta de la Asamblea Legislativa trata el proyecto de ley de designación de Defensor y Defensora del Pueblo.